Información administrativa
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de investigación  será necesario estar en posesión de un título oficial de Máster  Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de  educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior.
Además, podrán acceder los que estén en posesión de un título obtenido  conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Enseñanza  Superior, sin necesidad de su homologación, previa comprobación de que  éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial  español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del  título para el acceso a estudios de doctorado.
Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título  previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a  otros efectos que el de cursar enseñanzas de doctorado.
Asimismo, se podrá acceder habiendo cumplido alguna de las siguientes condiciones:
- Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Universitarios.  De manera excepcional, podrán acceder al periodo de investigación  aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos de nivel de posgrado que  hayan sido configurados, de acuerdo con la normativa de esta  Universidad, por actividades formativas no incluidas en Másteres  Universitarios y que cuenten con un informe favorable de la agencia  evaluadora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del RD  1393/2007.
- Estar en posesión de un título de Graduado o Graduada cuya duración,  conforme a normas de derecho comunitario, sea de, al menos, 300  créditos.
- Estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo  con lo dispuesto en el RD 778/1998, de 30 de abril, o haber alcanzado  la Suficiencia Investigadora regulada en el RD 185/1985, de 23 de enero.
 
Para ser admitido al periodo de investigación del programa de Doctorado,  los estudiantes candidatos deberán presentar una solicitud que la  Comisión Académica del Programa de Doctorado valorará. Entre los  criterios de admisión y selección de los doctorandos se tendrá en  cuenta, expresamente:
- La formación previa del solicitante, en especial, las competencias  adquiridas en el periodo de formación de posgrado. Tendrán valoración  preferente los estudiantes que hubieran realizado alguno de los Másteres  que constituyen el periodo de formación de este Programa de Doctorado.
- Su curriculum vitae. Entre otros, serán méritos valorables el nivel de  conocimiento de idiomas acreditado, la experiencia profesional, las  publicaciones realizadas y las cartas de referencia de profesores e  investigadores especialistas en la materia que avalen su solicitud.
- Los intereses investigadores declarados por el solicitante.
- Su compromiso de dedicación al Programa.
- Viabilidad e interés científico del proyecto de tesis presentado, en su caso.
- Resultado de una entrevista personal, en su caso.
- En aquellos solicitantes en que se detecten “deficiencias específicas”  de formación, la Comisión Académica del Programa de Doctorado podrá  exigir la realización de complementos de formación específicos. Estos  complementos de formación serán de carácter obligatorio para aquellos  estudiantes cuyo acceso al periodo de formación quede garantizado por  estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada  de, al menos, 300 créditos, salvo que el plan de estudios del  correspondiente título de grado incluya créditos de formación en  investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en  investigación procedentes de estudios de Máster.
- En la Universidad de Granada: consulte el siguiente enlace 
- En la Universidad de Cantabria: consulte el siguiente enlace
- En la Universidad Rovira i Virgili: consulte el siguiente enlace
- En la Universidad de Santiago de Compostela: consulte el siguiente enlace
- En la Universidad de Zaragoza: consulte el siguiente enlace
